El final del Outsourcing? (Parte 2)

in Abr 20, 2021

El día 5 de abril de 2021, el Gobierno, el sector de trabajadores y el sector patronal alcanzaron acuerdos que estarán sujetos a la discusión y aprobación correspondiente por parte del Congreso cuando se discuta el proyecto de reforma; abajo encontrará un resumen de dichos acuerdos:

  1. Se prohibirá la subcontratación de personal (tanto outsourcing como insourcing );
  2. serán permitidos los servicios especializados y obras especializadas únicamente para actividades distintas del objeto social y de la actividad económica preponderante de la empresa contratante. Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad preponderante de la empresa que los reciba;
  3. las empresas de servicios y obras especializadas deberán registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social e inscribirse al padrón público aplicable a dichas empresas;
  4. habrá responsabilidad solidaria del contratante de los servicios si el prestador no cumple obligaciones laborales y de seguridad social con su personal;
  5. se otorgará un plazo de tres meses para que los trabajadores subcontratados pasen a formar parte de la nómina del patrón real; y

Una vez que se apruebe el proyecto de reforma ante el Congreso, les haremos saber.

Juan Tejedo, juan.tejedo@gmt.mx
Alfonso García-Mingo, a.garciamingo@gmt.mx
Carlos Acle, carlos.acle@gmt.mx