El final del Outsourcing (Parte 3)

in Abr 26, 2021

De conformidad con lo comentado en Alertas previas, el 12 de noviembre de 2020 el Presidente Andrés Manuel López Obrador presentó ante el Congreso un proyecto de reforma que cambia substancialmente y regula los servicios de outsourcing e insourcing en México al modificar disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y otras leyes relacionadas incluyendo la Ley del Seguro Social, La Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Después de mucha negociación y discusiones entre el Gobierno mexicano, el sector obrero y el sector patronal, se aprobó y publicó en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2021 una reforma que modificará diversas leyes.

Abajo podrán encontrar los puntos relevantes de la reforma a la Ley Federal del Trabajo1:

  1. La subcontratación de personal como la conocemos hasta ahora se prohíbe (tanto outsourcing como insourcing ). Cualquier violación será sujeta a multas cuantiosas;
  2. Sin embargo, la subcontratación de personal será permitida en dos escenarios siempre y cuando se cumplan con ciertos requisitos y los servicios no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que contrate los servicios o se beneficie de los mismos (los “Servicios Permitidos”):
    • La subcontratación de “servicios especializados” u “obras especializadas”; y
    • La contratación de “servicios complementarios o compartidos” entre empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial.
    • Entre otros requisitos, los proveedores que deseen proporcionar Servicios Permitidos deberán registrarse en un padrón público que será creado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la reforma. Una vez emitidos los lineamientos y el padrón, las prestadoras de servicios, tendrán 90 días para realizar su registro.
  3. Las empresas que contraten Servicios Permitidos continuarán siendo solidariamente responsables con sus proveedores si éstos últimos incumplen con sus obligaciones laborales y de seguridad social con su personal;
  4. La Ley otorga un plazo de transición de hasta tres meses desde la fecha de publicación dentro del cual todos los patrones deberán de adoptar los cambios necesarios para cumplir con la nueva Ley; incluyendo la transferencia de los trabajadores de la empresa de servicios al patrón real; y
  5. La PTU estará ahora limitado a la cantidad que resulte mayor de entre: (a) 3 meses de salario; o (b) el promedio de la participación recibida por un trabajador en los últimos 3 años.

Juan Tejedo, juan.tejedo@gmt.mx
Alfonso García-Mingo, a.garciamingo@gmt.mx
Carlos Acle, carlos.acle@gmt.mx

1 Este Client Alert no menciona las modificaciones a otras leyes incluyendo la Ley del Seguro Social, la Ley del INFONAVIT, Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta y Ley del Valor Agregado.